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FAQ

La ley se implementará a partir del 1 de agosto de 2024.

  • ¿Qué dice la Ley Karin?

    Esta nueva ley declara que todas las empresas deberán tener la capacidad de prevenir, pesquisar y sancionar duramente el acoso laboral. La normativa establece protocolos obligatorios, evaluación de riesgos y sanciones para conductas de acoso, con el objetivo de transformar la cultura organizacional y favorecer entornos laborales seguros.

  • ¿Qué castiga?

    Algunas de las situaciones descritas de manera literal por la Ley Karin, las cuales prohíbe y castiga son las siguientes:

    • Obligar a alguien a ejecutar tareas en contra de su conciencia.
    • Juzgar el desempeño de un trabajador de manera ofensiva.
    • Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
    • No asignar tareas a un trabajador, asignarle tareas sin sentido o asignarle tareas muy por debajo de sus capacidades.
    • Asignar tareas degradantes a un trabajador.
    • Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
    • Rehusar la comunicación con un trabajador a través de miradas y gestos, no comunicarse directamente con ella o no dirigirle la palabra.
    • Tratar a un trabajador como si no existiera.
    • Criticar permanentemente la vida privada de un trabajador.
    • Terror telefónico llevado a cabo por el acosador.
    • Hacer parecer estúpido a un trabajador.
    • Dar a entender que un trabajador tiene problemas psicológicos.
    • Mofarse de las discapacidades de un trabajador.
    • Imitar con burla los gestos y voces de un trabajador.
    • Mofarse de la vida privada de un trabajador.
    • Por iniciativa de un superior restringir a un subordinado las posibilidades de hablar.
    • Cambiar la ubicación de un trabajador separándolo de sus compañeros.
    • Prohibir a los compañeros que hablen a un trabajador determinado.
    • Requerimientos sexuales no consentidos.
    • Hostigamiento verbal o físico.
    • Discriminación basada en género, orientación sexual o identidad de género.
    • Amenazas o actos que perjudiquen la situación laboral.
    • Uso indebido de poder para fines sexuales o discriminatorios.
    • Propagación de rumores malintencionados.
    • Aislamiento o exclusión social en el trabajo.
    • Asignación de tareas humillantes o degradantes.
    • Evaluaciones de desempeño injustas por motivos personales.
    • Chantaje relacionado con el rendimiento sexual.
    • Intimidación o imposición de miedo.
    • Ataques personales o descalificaciones constantes.
    • Control excesivo o vigilancia injustificada.
    • Abuso verbal sistemático.
    • Sabotaje del trabajo o la carrera profesional.
    • Presión indebida para la renuncia.
    • Retención de información crucial para el desempeño laboral.
    • Penalización por denunciar actos de acoso.

  • ¿En qué consiste el programa?

    Nuestro programa se hace cargo de todas las obligaciones que implementará esta nueva ley, tales cómo:

    1. La obligación para todas las empresas de implementar un protocolo de prevención.
    2. Directrices específicas para la evaluación de riesgos psicosociales.
    3. Medidas concretas para la protección de la privacidad y la honra de los involucrados en las investigaciones.
    4. Sanciones claras para los comportamientos que constituyan acoso o violencia.

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